boton1
boton2
boton3
boton4

Nuevas recetas

Ya podéis ver las nuevas recetas que hemos colgado en nuestro apartado "Recetas".

Descúbrelas

Ya se puede descargar el nuevo servicio de FACE: FACEMOVIL

Os comunicamos que ya está disponible para su descarga la aplicación FACEMOVIL donde podréis consultar la lista de alimentos aptos para celíacos, así como establecimientos de restauración en los que se disponga de menús sin gluten y puntos de ventas de productos sin gluten.

Manual de uso

Errata en la revista Mazorca 36

En la página 45 de la revista Mazorca 36, en el cuadro central “NUEVA NOMENCLATURA”, el tercer y el cuarto caso son iguales, el tercer caso es correcto, el cuarto caso, debe indicar: “CONTIENE AVENA”.

Para más información, podeis visitar esta página web, el apartado La dieta sin gluten/ Simbología de los productos.

El pan y la harina sin gluten tributarán al 4% de IVA

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la Dirección General de Tributos ha contestado a la consulta que FACE realizó para conseguir la bajada del IVA en el pan y la harina sin gluten, que desde septiembre del 2012 tributaba al 10%.

Se nos ha indicado que procede modificar el criterio para extender la aplicación del tipo al 4%, a determinados productos alimenticios aptos para personas con intolerancia al gluten. En este sentido se dispone:

- Tributarán al tipo del 4%, el pan común (incluido el pan bregado, de miga dura y el pan de flama o miga blanda), masa de pan común congelada y pan común congelado, destinado exclusivamente a la elaboración del pan común, cuando dichos productos hayan sido objeto de un tratamiento especial para reducir el contenido de gluten de uno o varios de sus ingredientes que contienen gluten o cuyos ingredientes con gluten hayan sido sustituidos por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural y que se comercialicen con la indicación de "contenido muy reducido de gluten" o "exentos de gluten" en los términos a que se refiere el Reglamento (CE) Nº 41/2009.

- Tributarán al tipo del 10%, el pan especial, ya se trate de biscote, colines, pan de molde, pan rallado, etc, con independencia de que haya sido objeto de un tratamiento especial para reducir el contenido de gluten de uno o varios de sus ingredientes que contienen gluten o cuyos ingredientes con gluten hayan sido sustituidos por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural y que se comercialicen con la indicación de "contenido muy reducido de gluten" o "exentos de gluten" en los términos a que se refiere el Reglamento (CE) Nº 41/2009.

Mantendrán la tributación al tipo del 4% las harinas panificables, en las que cabe incluir, aquellas que hayan sido objeto de un tratamiento especial para reducir el contenido de gluten de uno o varios de sus ingredientes que contienen gluten o cuyos ingredientes con gluten hayan sido sustituidos por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural que, objetivamente consideradas, puedan utilizarse en la elaboración de cualquier tipo de pan adecuado para las personas con intolerancia al gluten.

El pan para celíacos tendrá el IVA superreducido

La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, se ha comprometido en el Congreso de los Diputados a reducir el IVA del pan sin gluten, que pasará a tributar del 10% al 4% por ciento, al considerarlo un alimento básico para los celiacos.

FACE os hace participes de esta noticia, y os da las gracias a todos los que hemos trabajado para conseguir este pequeño paso histórico, FACE, Asociaciones de Celíacos y los propios Celíacos.