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PROPOSICIÓN NO DE LEY DEL PARTIDO POPULAR PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DEL CELÍACO
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Octubre 2004
El partido Popular presento el pasado día 5 de octubre una proposición no de Ley, que fue rechazada, en la que se instaba al gobierno a realizar acciones relacionadas con:
- La Transposición normativa de la Modificación de la Directiva 2000/13 (Directiva 2003/89/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 10 de noviembre del 2003) que establece la obligación de indicar en el etiquetado los ingredientes presentes en los productos alimenticios, especificando la prohibición de utilizar términos o frases que induzcan a error al consumidor, tal como “puede contener gluten” o “puede tener trazas de gluten”.
- Mantenimiento de una postura activa en las reuniones del Codex Alimentarius (FAO) promoviendo que se establezca como límite máximo de gluten en alimentos “sin gluten” las 20 partes por millón.
- Mejora de los procesos de sospecha, diagnóstico y seguimiento de pacientes celiacos; mediante la incorporación en los programas de formación continuada de los profesionales sanitarios (en especial en Pediatría, Atención Primaria y Gastroenterología) de formación específica sobre esta enfermedad; y la elaboración y difusión de guías de buena práctica clínica en colaboración con sociedades científicas.
- Realización de los estudios epidemiológicos necesarios para mejorar el conocimiento de la prevalencia de la enfermedad en la población española y las variables sociales y sanitarias vinculadas a la misma, que permitan mejorar las estrategias de abordaje de la enfermedad.
- Establecimiento de programas nacionales de control de los alimentos destinados a pacientes celiacos, mediante:
- Programas de control analítico de materias primas y productos elaborados con destino a pacientes celiacos, para verificación de la composición y etiquetado.
Incorporación en los programas de autocontrol de la industria alimentaria del control de materias primas y flujos de producción que garanticen la no existencia de contaminaciones cruzadas.
- Regulación mediante Real Decreto de la obligación de que en todos los comedores escolares se ofrezcan dietas sin gluten o en su defecto, se autorice a que el alumno celiaco pueda llevar su propia comida elaborada en su domicilio, aportando el centro las infraestructuras de conservación.
- Impulso de la formación de educadores y trabajadores de restauración de los centros escolares, acerca de la enfermedad celiaca y sus requerimientos dietéticos.
- Mantenimiento de la vigente disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, que regula la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, en caso de no existir plazas suficientes, entre otros criterios prioritarios para acceder al centro, la concurrencia en el alumno de “enfermedad crónica que afecte al sistema digestivo, endocrino o metabólico y exija como tratamiento especial el seguimiento de una dieta compleja y un estricto control alimentario cuyo cumplimiento condicione de forma determinante el estado de salud física del alumno”. Esta medida facilitaría el cumplimiento de la dieta en sus propios domicilios.
- Establecer a través de programas sociales líneas de apoyo económico a familias de menor poder adquisitivo con pacientes celiacos a su cargo.
- Establecer un sistema de incentivos fiscales y de bonificaciones a la industria y a las familias, que permita compensar a los que, por prescripción facultativa, deban consumir alimentos sin gluten por padecer la enfermedad celiaca.
- Promover para Canarias la exclusión del gravamen en el AIEM (Arbitrio Insular de Entrada de Mercancías de los alimentos sin gluten).»
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